Importar: Más que ingresar mercancías al país, más que comprar en el extranjero

La Identificación de los procesos de importación es compleja. En los 13 años que llevo de experiencia dentro del campo de la logística internacional he visto cómo múltiples empresarios comenten errores de toda clase desde los básicos hasta los complejos inclusive con sanciones pecuniarias. Importar no es sólo ingresar un producto del extranjero al país, este proceso tiene otras implicaciones que en algunos casos no son claras. Si analizamos detenidamente fundamentos teóricos y legales, nos damos cuenta que importar encierra un sin número de características propias del entorno del país de origen y de destino final; pero para comprenderlo mejor, debemos analizarlo desde nuestro panorama.

En Colombia según el artículo 3 de la nueva regulación aduanera el Decreto 390 del 2016, define que importar es:

la introducción de mercancías de procedencia extranjera al Territorio Aduanero Nacional cumpliendo las formalidades aduaneras previstas en el presente decreto.

Este artículo resalta también que las mercancías pueden ser procedentes de un depósito franco. La norma es muy clara y lo primero que determina es que para importar se debe cumplir con la normatividad vigente del país, por lo tanto, que la mercancía haya salido en las condiciones aduaneras del país de origen no significa que obligatoriamente cumpla con los requisitos de entrada al destino. La pregunta sería: ¿Cuáles son esos parámetros legales que se deben cumplir para importar? Debemos saber que la norma tiene o dictamina unos parámetros a cumplir. Sin embargo, estos parámetros varían notablemente según el producto, hay gran diferencia entre importar un casco para bicicletas y un medicamento o químico empezando por la entidad que los controlan.

Muchos importadores cometen errores al momento de importar porque no identifican cuáles son esos requisitos mínimos de ingreso, y les genera traumatismo y gastos ocultos incrementando el costo de importación. Una herramienta vital para identificar las condiciones de acceso al país es la clasificación arancelaria del producto (que depende 100% del importador). Al clasificar correctamente un producto en el arancel de aduanas podemos conocer claramente el gravamen arancelario, el IVA, el régimen de importación, los acuerdos comerciales, los vistos buenos o permisos por entidades que controlan el producto, descripciones mínimas, normas de etiquetados y demás condiciones especiales de importación.

Para ejemplificarlo claramente, durante una experiencia que tuve de acompañamiento en un proceso de importación de tequilas sólo con el conocimiento de la subpartida arancelaria pudimos aclarar cuánto era el monto a pagar por el impuesto al consumo según los grados de alcohol. Además de los factores mencionados, también se conoció con claridad las normas en Colombia para Rotulado o etiquetado permanente de las bebidas alcohólicas nacionales e importadas para consumo humano. Pero la clasificación arancelaria sólo es una parte importante de todo el universo normativo, desde el 07 de marzo del presente año estamos en una transición de la normatividad aduanera en Colombia, implementándose paulatinamente los parámetros de la nueva regulación aduanera versus el estatuto aduanero, el decreto 2685 de 1999 que nos lleva rigiendo más de una década.

No es sólo la influencia de la norma que se debe tener en cuenta en una importación, también desempeña un rol importante el proveedor y el país de origen; la comunicación es vital para preparar el producto con las condiciones tanto de salida como de acceso al destino final. Contar con una evaluación de proveedores para el abastecimiento global tiene una gran importancia debido a que se convertirá en un aliado en cumplir con la norma y también en buscar la disminución de costos en la cadena, empezando por definir el término de negociación (Incoterms) adecuado para esa transacción, el flujo documental, los permisos por las entidades oficiales, las preferencias arancelarias, la negociación con los diferentes operadores de la cadena y la definición clara del riesgo comercial.

Las empresas no son las únicas que han caído en errores al momento de importar, también es cometido por las personas naturales cuando compran en el extranjero por medio de plataformas electrónicas o casilleros internacionales. Se debe tener mucho cuidado cuando se utiliza estos regímenes de importación como el tráfico postal regulados en los artículos 274 al 283 de la nueva norma; se puede caer en un contrabando técnico y en una sanción por no conocer el proceso bajo este régimen que determina unos topes de cantidades, referencias, valores y productos.

Los parámetros aquí expresados son apenas algunos a tener en cuenta en este mundo del comercio exterior. Comprar a través de una página  web y que el producto llegue a su domicilio no significa que esté importando, puede estar cometiendo un error sin darse cuenta y ser llevado a una infracción aduanera tanto como empresa o persona natural. Por ello cuando quiera abastecerse globalmente la tasa representativa del mercado, el precio y el operador a contratar no son los únicos factores a tener en cuenta, importar no es sólo comprar mercancía en el exterior.

2 comentarios en “Importar: Más que ingresar mercancías al país, más que comprar en el extranjero”

  1. Alejandra castaneda

    Muy importante este articulo. La mayoría de las empresas, desde sus mismos directivos, no comprenden la labor tan importante de este proceso dentro de sus compañías, basando la operación a solo “traer desde el exterior” con un nivel de desconocimiento que en muchos casos, conlleva a sanciones y problemas muy delicados. Hay que darle la importancia a los procesos de logística y comercio exterior en las compañías, las relaciones con los proveedores, el conocimiento de la norma y la experiencia del personal acorde a esta labor tan importante para el desarrollo del país.

    Enhorabuena.

  2. Excelente artículo. La verdad es muy importante conocer las normas del país de destino al momento de importar mercancía. He notado como en las inspecciones previas de importación, la mercancía ingresa al territorio nacional con muchos errores e inconvenientes por una mala investigación y comunicación previa.

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