¡NO FALLES COMO PRIMER EXPORTADOR!

El impacto de la globalización, la fuerza de los avances tecnológicos y la apertura desenfrenada de los mercados han permitido que la incursión  en países extranjeros sea cada vez más asequible para todos. Es precisamente  en este punto donde las compañías han comenzado a indagar acerca de las nuevas oportunidades que se presentan para conquistar los mercados internacionales. No obstante, a pesar de ser éste un factor clave para algunas empresas, aún se puede evidenciar que para los potenciales exportadores hay un desconocimiento en esta materia, lo cual se ha convertido en su talón de Aquiles; ya que les ha ocasionado no sólo el  incumplimiento y pérdida de negocios, sino también desde altos costos logísticos hasta sanciones severas.

Desde el punto de vista del operador logístico, podemos encontrar una falla muy común entre los clientes o exportadores y es el tema aduanero. Es importante tener en cuenta que la factura de exportación difiere completamente de la factura comercial local, ya que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) exige que ésta cumpla con unos requisitos mínimos como lo son: indicar la resolución de factura de la DIAN, fecha, forma de pago, término de negociación, ser exenta de IVA y estar en dólares. Si no se cumplen estas especificaciones el agente de aduana no podrá presentar dicho documento ante el ente regulador pues será rechazado y por ende la exportación no será válida aduaneramente.

Otro concepto igual de importante y necesario como la factura comercial para la elaboración de los trámites de aduana de exportación es la partida arancelaria. Si el cliente no cuenta con las herramientas y conocimientos adecuados para realizar una correcta clasificación arancelaria del producto posiblemente podrá exponerse a sanciones por declarar erradamente. Un asesor especializado requerirá la ficha técnica para poder determinar de acuerdo a las composiciones, uso y descripción del producto, la clasificación acertada. El identificar correctamente la partida arancelaria permitirá al exportador conocer si dicho producto puede acogerse a preferencias en el otro país, es decir que si entre el país de destino y Colombia hay acuerdos negociados (CAN, Mercosur, Aladi, Alianza Pacífico, Caricom, entre otros) y su producto/partida arancelaria se encuentra incluido, el exportador podrá solicitar la elaboración del certificado de origen que le permita acogerse en el otro país a la  reducción o exención de gravámenes arancelarios. Sin embargo, si es la primera vez que se va a desarrollar un certificado de origen deberá solicitar la creación con su agente de aduana del criterio de origen previo a su exportación.

Otro aspecto en el que lamentablemente se evidencia poca claridad en los potenciales exportadores va más ligado al tema logístico. Entre ellos y muy constante es el uso y aplicación no adecuada de los términos de negociación internacional (INCOTERMS). Estos conceptos definen las reglas del juego, es decir las condiciones de entrega, alcance y responsabilidades entre comprador y vendedor; tener definido cuestiones como dónde serán pagados los fletes, quién asume los costos de la aduana de origen y destino, dónde será entregada la mercancía, si ésta llevará algún seguro, dónde será el lugar de entrega,  entre otros, le permitirán tener el panorama claro evitando asumir costos y responsabilidades que no le corresponden.

En continuidad con lo anterior, es de vital importancia verificar de acuerdo al tipo de producto y modalidad de transporte el uso de etiquetas de posición y/o manipulación y un embalaje adecuado. Si bien es cierto que por temas de costos las cajas o estibas de cartón son los más comunes, al no usarse un cartón corrugado altamente resistente pueden sufrir daños considerables durante su tránsito internacional  comprometiendo así el producto interno. En otros casos en donde el embalaje sea de madera es imperativo que éste sea certificado y cumpla con la norma NIMF 15 que regula dichos embalajes a nivel internacional. No obstante, independientemente del material del embalaje que se use, se debe tener en cuenta que durante todo el proceso internacional el producto será sometido a diversas manipulaciones y exposiciones climáticas tanto en origen como en destino por lo que al momento de determinar el embalaje es necesario verificar su calidad y resistencia.

Es importante también tener en cuenta al momento de decidir abrir sus puertas al mercado internacional, que paralelo a los temas de negociación, aduana, embalaje y logísticos, todo primer exportador debe registrarse previo a cualquier proceso ante la sala de análisis de la policía antinarcóticos. Para ello, debe llevar cámara de comercio no mayor a 30 días, RUT, carta de autorización de firmas y fotocopia de la cédula del representante legal y de los autorizados en la carta. Este proceso tiene vigencia de un año y debe repetirse al vencimiento del mismo o por cambio en las personas autorizadas o de razón social; si el exportador no ha realizado este paso bajo ningún motivo su mercancía podrá salir del país.

Dado lo anterior y dejando aun aspectos sin mencionar, considero que aquellas personas o empresa que deseen ampliar su mercado cruzando las fronteras deben además de capacitarse en temas de comercio exterior, buscar asesoría especializada en la materia; pues al momento de poner en práctica estos temas nos damos cuenta que todo proceso logístico de exportación ya sea aéreo, marítimo o terrestre según aplique, conlleva una serie de protocolos previos que por más sencillos que sean no pueden pasarse por alto o simplemente hacer suposiciones frente a ellos, ya que como he dicho anteriormente un mínimo error o desviación puede acarrear sanciones o pérdidas considerables para su compañía dejando un sin sabor y mala experiencia a quienes inician como primeros exportadores.

 

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